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Los puntos de recarga de Vehículos eléctricos en las comunidades de propietarios

Lenta pero imparablemente se va introduciendo el coche eléctrico en España, y las comunidades de propietarios se ven en la obligación de atender a las necesidades de los conductores para recargar sus vehículos

Lo normal es que la persona que solicita la instalación de un cargador sea uno de los vecinos de la comunidad de propietarios del parking. El proceso es sencillo, solo hay que entregar al presidente de la comunidad una solicitud por escrito junto con un informe técnico en el que se especifique de qué forma se hará la instalación.

El presidente deberá informar a su vez al administrador de fincas y de esta forma, ya presentado el proyecto, se da el visto bueno a la instalación y en el caso de ocasionarse algún daño o perjuicio será el propietario de la plaza de parking quien asumirá la responsabilidad quedando eximida la Comunidad de Propietarios

Si esa instalación no fuera sencilla y precisara de una obra que afectara a los elementos comunes, sería entonces la junta de propietarios quien debería aprobarla -con mayoría simple- y de paso fijar un procedimiento para futuras instalaciones de otros vecinos.

El coste de instalación y el consumo eléctrico

Al tratarse de una instalación privativa es el propio vecino el que debe costear la instalación y hacerse cargo del coste de electricidad que consuma su vehículo. En cuanto a esto último, es de vital importancia que la compañía eléctrica pueda individualizar el consumo del usuario con su propio contador. El coste de dicho contador y su instalación también lo asumirá el propietario de la plaza de garaje.

En el caso de tener el propietario la plaza de garaje alquilada podrá ser el inquilino quien se haga cargo del costo de la energía consumida. Eso es algo que recogerá el contrato de alquiler entre propietario e inquilino.

Finalmente es importante recordar que la instalación del cargador eléctrico se hace a expensas de las necesidades futuras de la comunidad. Es decir el presidente y administrador han de avisar al propietario de la plaza de garaje que el proyecto de ejecución podría verse rectificado si fuera preciso para las necesidades de la comunidad. Y esos gastos también lo asumiría el propietario de la plaza de garaje en la que se instala el punto de recarga para vehículos eléctricos

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